La Ley 20.920, sobre la gestión de residuos, la Responsabilidad Extendida del Productor y Fomento al Reciclaje, también conocida como Ley REP, tiene por objeto disminuir la generación de residuos y fomentar su reutilización, reciclaje y otro tipo de valorización.
Uno de los principios que inspiran la Ley REP es “el que contamina paga”, en el cual el generador de un residuo es responsable de éste, así como de internalizar los costos y las externalidades negativas asociados a su manejo.
La responsabilidad extendida del productor será aplicable a aquellos que introduzcan en el mercado nacional bienes de consumo envasados o embalados compuestos por, al menos, uno de los siguientes materiales: cartón – papel, plásticos, metales, cartón para bebidas y vidrio.
Por lo tanto, quienes están sujetos son aquellos que ponen por primera vez un producto prioritario al mercado nacional; neumáticos, envases y embalajes, aceites lubricantes, aparatos eléctricos y electrónicos, pilas y baterías.
Los productores de productos prioritarios son:
Las obligaciones de ellos son: